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Beneficio fiscal:
80% de los primeros 250€ que dones. Si donas 250€ te deduces 200€.
Resto de donaciones a partir de 250€
  • Te deduces el 40% a partir de los siguientes 250 €.
  • Te deduces el 45% a partir de los 250€ si en los dos períodos impositivos anteriores has donado a la misma entidad, al menos, el mismo importe.
* Deducción en la cuota íntegra. Límite 10% base liquidable.
Beneficio fiscal:
  • Te deduces el 40%.
  • Te deduces el 50% siempre que en los dos años anteriores se haya realizado una donación a la misma entidad por, al menos, el mismo importe.
* Deducción en cuota íntegra. Límite 15% base liquidable.
* Las personas o empresas que tributen en el País Vasco o Navarra se regirán por su propia fiscalidad.
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